Devolución del IVA soportado en la Unión Europea: Guía práctica para empresas españolas

Dic 4, 2025 | Noticias

Muchas empresas españolas que operan en otros países de la Unión Europea soportan IVA extranjero por diversos conceptos como hoteles, alquiler de vehículos, acceso a ferias, comidas de representación o alquiler de salas de reuniones.

Este impuesto, al haberse pagado en otro Estado miembro, no puede deducirse en las declaraciones del IVA español (modelo 303).

Afortunadamente, la normativa europea permite solicitar la devolución del IVA soportado en otros países de la UE, siempre que se cumplan ciertos requisitos y se sigan los procedimientos adecuados.

Sin embargo, muchas empresas desconocen los plazos, condiciones y ventajas de presentar la solicitud de forma trimestral, lo que puede traducirse en demorar la recuperación del IVA y oportunidades de ahorro financiero.

Aquí en AyG Asesores, pensamos qué es lo mejor para ti y por eso te explicamos cómo recuperar este IVA y optimizar el flujo de caja de tu empresa cumpliendo la normativa vigente.

Entendiendo el IVA soportado en la UE y su devolución

Cuando una empresa española realiza actividades en otros países de la Unión Europea (UE), como asistir a ferias, realizar servicios o enviar empleados temporalmente, es habitual que deba pagar IVA local por bienes y servicios consumidos allí. Por ejemplo:

  • Estancias en hoteles y transporte.
  • Alquiler de vehículos o salas de reuniones.
  • Entradas a eventos o ferias comerciales.
  • Compras menores de productos utilizados in situ (por ejemplo, catering para clientes).

Este IVA extranjero no puede deducirse directamente en las declaraciones españolas, pero puede recuperarse mediante el modelo 360, presentado electrónicamente ante la Agencia Tributaria española (AEAT).

Una vez presentado, es la propia Hacienda española quien tramita la solicitud ante el país correspondiente, actuando en nombre de la empresa solicitante. Este procedimiento, conocido como “devolución del IVA soportado en la UE”, permite recuperar una parte importante de los gastos derivados de la actividad internacional.

Procedimiento, plazos y requisitos para solicitar la devolución

El procedimiento para recuperar el IVA soportado en la UE exige cumplir plazos estrictos y condiciones específicas.

Presentación y documentación

La empresa debe presentar el modelo 360 a través de la Sede Electrónica de la AEAT, adjuntando copia digital de las facturas que justifiquen el IVA soportado. Cada solicitud debe realizarse por país y por periodo (trimestral o anual).

Fechas clave y plazos

El plazo de presentación se abre el día siguiente a la finalización del trimestre o del año correspondiente y finaliza el 30 de septiembre del año siguiente. Esto significa que el 30 de septiembre de 2025 fue la fecha límite para reclamar el IVA soportado durante 2024.

No obstante, no es necesario esperar a final de año. Si el importe de IVA soportado supera los mínimos exigidos por el país (en general, 400 euros trimestrales o 50 euros anuales), puede solicitarse la devolución al finalizar cada trimestre.

Importe mínimo y particularidades

Cada país de la UE establece su importe mínimo, pero la normativa comunitaria fija los siguientes límites:

  • 400 euros si la solicitud se realiza por periodos trimestrales.
  • 50 euros si la solicitud abarca todo el año natural.

Presentar el modelo 360 de forma trimestral permite recuperar antes el dinero y mejorar la liquidez de la empresa, sin tener que esperar hasta septiembre del año siguiente.

Estrategias recomendadas para optimizar la devolución del IVA

Desde AyG Asesores, recomendamos adoptar una planificación fiscal proactiva para aprovechar al máximo esta devolución:

  1. Solicitar devoluciones trimestrales siempre que sea posible.
    Si el importe supera los 400 euros, tramitar el modelo 360 cada trimestre puede adelantar la recuperación del IVA hasta 11 meses.

¿A qué nos referimos? Por ejemplo, si una empresa soporta 20.000 € de IVA en el tercer trimestre de 2025 y presenta la solicitud en octubre, podría recuperar el importe casi un año antes, logrando un ahorro financiero estimado de 916 € (a un interés anual del 5%).

  1. Llevar un control detallado de facturas extranjeras.
    Es fundamental archivar y clasificar correctamente todas las facturas con IVA extranjero, ya que se deben adjuntar a la solicitud digital.
  2. Verificar los requisitos específicos de cada país.
    Algunos Estados miembros exigen información adicional o imponen límites a ciertos gastos (por ejemplo, restauración o alojamiento).
  3. Delegar el proceso en asesores fiscales especializados.
    Un error en el procedimiento o una presentación fuera de plazo puede invalidar la solicitud. Contar con profesionales garantiza precisión y cumplimiento.

Recupera el IVA soportado en la UE de forma rápida y eficiente con AyG Asesores

En un contexto europeo cada vez más interconectado, gestionar correctamente el IVA soportado en la UE es una oportunidad de ahorro real para empresas y autónomos.

Nuestro equipo de AyG Asesores acompaña a empresas de todos los sectores en la gestión fiscal internacional, asegurando la correcta recuperación de impuestos y el cumplimiento normativo en cada país.

Confía en profesionales que te guíen en la presentación del modelo 360, revisen tus facturas y te ayuden a optimizar cada devolución.

¿Tu empresa ha soportado IVA en otros países de la UE?

Contacta con nosotros hoy y deja que nuestros expertos gestionen tu devolución internacional.

Preguntas frecuentes acerca de la devolución del IVA

 

 ¿Qué es el modelo 360 y para qué sirve?

Es el formulario mediante el cual las empresas españolas solicitan la devolución del IVA soportado en otros países de la UE.

¿Puedo deducir este IVA en mi declaración nacional (modelo 303)?

No. El IVA extranjero debe recuperarse exclusivamente a través del modelo 360.

¿Cuándo vence el plazo para solicitar la devolución?

El 30 de septiembre del año siguiente al periodo en que se soportó el IVA.

¿Puedo solicitar la devolución cada trimestre?

Sí, si el importe supera los 400 euros. Esto permite recuperar el dinero antes y mejorar la liquidez.

¿Qué pasa si presento la solicitud fuera de plazo?

La Administración no la admitirá, por lo que se perderá el derecho a la devolución.

David Gil Fernández

Abogado fiscalista y CEO en AyG Asesores. Más de 20 años asesorando a empresas, directivos y no residentes en fiscalidad internacional y procedimientos tributarios.

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