
Renta 2020: ¿Qué gastos me puedo desgravar como propietario de un piso de alquiler?
La vivienda es clave para la declaración de la renta y más si eres el arrendador de una casa en alquiler. Por ese motivo queremos ayudarte a revisar todos los gastos que puedes deducirte en tu declaración de la renta 2020:
Servicios o suministros del hogar
Luz, agua, gas, internet…, cuando sea el propietario quién los pague.
Gastos de conservación y reparación
Cualquier reparación de instalaciones (calefacción, fontanería) o gasto de conservación del piso (pintura, grietas) puede deducirse en la renta.
El importe total a deducir por estos gastos no podrá exceder, para cada bien o derecho, de la cuantía de los rendimientos íntegros obtenidos.
El exceso se podrá deducir en los cuatro años siguientes, sin que pueda exceder, conjuntamente con los gastos por estos mismos conceptos correspondientes a cada uno de estos años, de la cuantía de los rendimientos íntegros obtenidos en cada uno de los mismos, para cada bien o derecho.
Tributos y recargos no estatales y tasas estatales
Como por ejemplo el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), o las tasas de limpieza, recogida de basura, etc.
Intereses de la hipoteca
Esta deducción no se refiere al gasto principal de la hipoteca, sino a intereses y otros gastos como las comisiones por amortización anticipada de la hipoteca.
Dinero que adeudan al propietario
Si el inquilino no paga el alquiler, el propietario tiene derecho a deducirse la cantidad adeudada como gasto, siempre y cuando se cumplan los requisitos necesarios.
Cuando un saldo dudoso fuese cobrado posteriormente a su deducción, se computará como ingreso en el ejercicio en que se produzca dicho cobro.
La comunidad y otros gastos comunes
Tanto los gastos fijos como las derramas extraordinarias del año que se está declarando.
Amortización de la vivienda y de bienes inmuebles
Para la determinación del rendimiento neto del capital inmobiliario, tendrán la consideración de gasto deducible las cantidades destinadas a la amortización del inmueble y de los demás bienes cedidos con el mismo, siempre que respondan a su depreciación efectiva.
Se considerará que las amortizaciones cumplen el requisito de efectividad:
- Respecto de los inmuebles: cuando, en cada año, no excedan del resultado de aplicar el 3 por 100 sobre el mayor de los siguientes valores: el coste de adquisición satisfecho o el valor catastral, sin incluir en el cómputo el del suelo.
- Respecto de los bienes de naturaleza mobiliaria, susceptibles de ser utilizados por un período superior al año y cedidos conjuntamente con el inmueble: cuando, en cada año, no excedan del resultado de aplicar a los costes de adquisición satisfechos los coeficientes de amortización determinados de acuerdo con la tabla de amortizaciones aprobada para el régimen de estimación directa simplificada.
Importe de las primas de los seguros
Ya sean de responsabilidad civil, incendio, robo, rotura de cristales u otros de naturaleza análoga, sobre los bienes o derechos productores de los rendimientos.
Gastos de formalización del contrato
Se pueden incluir los gastos que cobró la inmobiliaria o abogados en el momento de formalizar el alquiler.
Para finalizar recordemos que para tributar nuestro alquiler debemos restar estos gastos a los ingresos generados mensualmente por el alquiler. Sin olvidar que a este importe resultante se le aplicará un 60% de reducción si el inquilino/a tiene ese piso como vivienda habitual. Quedan por tanto excluidos los alquileres vacacionales, oficinas, sedes de empresa y también personas que trabajen por cuenta propia y utilice la vivienda como lugar de trabajo.