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Dos ERTEs en la misma empresa

Las empresas con ERTE prorrogado hasta el 31 de enero de 2021 afectadas por nuevas limitaciones de actividad pueden pedir un nuevo ERTE y aplicar incentivos.

Los ERTEs por fuerza mayor que se encontraban vigentes a 30 de septiembre de 2020 se han prorrogado hasta el 31 de enero de 2021 [RDL 30/2020, art. 1] .

Ahora bien, sólo algunas empresas (en función de su CNAE) siguen aplicando exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social desde octubre [RDL 30/2020, D.A. 1ª].

Por ejemplo, un comercio de ropa o un restaurante pueden tener el ERTE prorrogado hasta el 31 de enero de 2021. Sin embargo, no pueden aplicar incentivos desde octubre.

Pues bien, si una empresa se ve afectada por nuevas restricciones o medidas de contención sanitaria adoptadas por las autoridades, puede tramitar un nuevo ERTE (por impedimento en el ejercicio de la actividad o por limitaciones en ésta) que sí permite aplicar incentivos desde octubre de 2020 hasta enero de 2021[RDL 30/2020, art. 2] . A estos efectos:

  • Nada impide tramitar este segundo ERTE a aquellas empresas que ya tengan un ERTE anterior por fuerza mayor prorrogado hasta enero de 2021.
  • Tampoco hace falta renunciar al ERTE anterior para poder tramitar el nuevo ERTE (la ley no lo exige). Así, el primer ERTE (que no da derecho a incentivos) quedará “en suspenso” hasta que finalice el segundo ERTE por limitaciones o impedimentos (situación que se producirá cuando las nuevas medidas de impedimento o de limitaciones adoptadas por la Administración se levanten).
  • Una vez termine este segundo ERTE por limitaciones o impedimentos (con incentivos), la empresa podrá volver a aplicar el anterior hasta el 31 de enero (sin incentivos).

En la práctica, algunas situaciones que se han empezado a producir son:

  • En alguna comunidad autónoma se ha decretado el cierre de bares y restaurantes. Pues bien, dichas empresas pueden tramitar un ERTE por impedimento y aplicar incentivos hasta que finalicen las restricciones. Cuando puedan volver a abrir, las empresas podrán situarse en el ERTE anterior tramitado. Si en esos bares o restaurantes se ha limitado la actividad (se obliga a cerrar antes de hora, se reduce el aforo…), el ERTE a tramitar será el de limitaciones.
  • En otras comunidades autónomas no se permite la apertura al público de los comercios situados en centros comerciales. En tales casos, se puede tramitar un ERTE por impedimento.

Se puede tramitar el ERTE por impedimento o por limitaciones y aplicar incentivos. En tal caso, el ERTE anterior por fuerza mayor queda “en suspenso”.