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ERTE ¿Se pueden añadir trabajadores?

ERTE ¿Se pueden añadir trabajadores?

Si una empresa ha tramitado un ERTE para una parte de la plantilla, ¿puede con posterioridad añadir a nuevos trabajadores al ERTE?

Cuando una empresa tramita un ERTE, debe comunicar a los representantes de los trabajadores y a la Autoridad Laboral el número y la clasificación profesional de los trabajadores afectados por las medidas de suspensión de los contratos o de reducción de las jornadas. Si el procedimiento afecta a más de un centro de trabajo, esta información deberá estar desglosada por centro de trabajo y, en su caso, por provincia y comunidad autónoma [RD 1483/2012, art. 17.2.b] .

En la práctica, hay empresas que comunicaron el ERTE para una parte de su plantilla y que, al cabo de unas semanas, necesitan incorporar a nuevos trabajadores al ERTE (trabajadores no incluidos en la comunicación realizada a la Autoridad Laboral). En estos casos, ¿cómo actuar?:

  • En general, no se puede solicitar el incremento de trabajadores afectados para un ERTE ya tramitado. En estos casos, lo correcto es presentar un segundo ERTE para las nuevas personas afectadas.
  • No obstante, si se trata de incorporar a trabajadores que estaban en IT (o en situaciones de maternidad o paternidad) en el momento de tramitar el ERTE y que ahora han recibido el alta, sí que es válido realizar una comunicación a la Autoridad Laboral solicitando la inclusión de dichas personas en el ERTE. Lo mismo ocurre respecto a trabajadores que estuvieran en excedencias con reserva de puesto que ahora han finalizado.

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