Todos los tipos de permiso de trabajo en España 2026

Jun 17, 2026 | Noticias

Cuando un trabajador necesita ausentarse por un motivo personal o familiar, la ley le reconoce el derecho a hacerlo sin perder el salario. Son los permisos retribuidos: ausencias justificadas que el empleado puede tomar con independencia de su empresa, siempre que cumpla con los requisitos de preaviso y justificación que marca la normativa.

Conocer estos permisos es importante tanto para el trabajador, que puede ejercer sus derechos sin necesidad de recurrir a las vacaciones, como para la empresa, que debe gestionarlos correctamente para no incurrir en sanciones.

En AyG Asesores explicamos todos los permisos retribuidos vigentes en 2026, sus plazos, requisitos y las novedades que ha introducido la legislación reciente.

Qué es un permiso retribuido

Un permiso retribuido es una ausencia del trabajo que la ley reconoce al trabajador para atender situaciones personales o familiares concretas, sin que ello suponga una reducción de su salario. Están regulados principalmente en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, aunque los convenios colectivos pueden ampliar tanto la duración como los supuestos cubiertos.

Es importante distinguirlos de los permisos no retribuidos, que no están regulados en el Estatuto y en los que el trabajador no percibe salario durante la ausencia. Estos últimos dependen del convenio colectivo o de un acuerdo entre las partes.

Una regla clave: cuando el convenio colectivo establece condiciones más favorables que el Estatuto de los Trabajadores, se aplica el convenio. Si tu empresa tiene convenio propio, siempre conviene consultarlo antes de gestionar cualquier permiso.

Tabla resumen de permisos retribuidos en 2026

Permiso Duración Con desplazamiento Base legal
Matrimonio o pareja de hecho 15 días naturales Art. 37.3.a ET
Fallecimiento familiar 1.º grado 3 días 5 días Art. 37.3.b ET
Fallecimiento familiar 2.º grado 2 días 4 días Art. 37.3.b ET
Hospitalización / enfermedad grave 5 días 7 días Art. 37.3.b ET (reformado)
Fuerza mayor familiar 4 días/año Art. 37.9 ET (RD-ley 5/2023)
Traslado de domicilio 1 día Art. 37.3.c ET
Deber público inexcusable Tiempo indispensable Art. 37.3.d ET
Lactancia (hasta 9 meses) 1 hora diaria Acumulable Art. 37.4 ET
Nacimiento y cuidado del menor 19 semanas Art. 48.4 ET (RD-ley 9/2025)
Exámenes prenatales / prep. parto Tiempo indispensable Art. 37.3.f ET
Funciones sindicales Tiempo indispensable Arts. 37.3.e y 68 ET

Permiso por matrimonio o pareja de hecho

El trabajador que contrae matrimonio (civil o religioso) tiene derecho a 15 días naturales de permiso retribuido. Desde la reforma legislativa, el registro como pareja de hecho da derecho al mismo permiso.

Los 15 días comienzan a contar desde el día de la celebración. Si la boda tiene lugar en sábado, el permiso incluye ese fin de semana. El trabajador debe preavisar a la empresa con al menos 15 días de antelación.

Una aclaración habitual: los 15 días son naturales, no laborables, salvo que el convenio colectivo establezca lo contrario. Si el convenio fija días laborables, el resultado es más favorable para el trabajador.

Permiso por fallecimiento de familiar

La duración varía según el grado de parentesco y si existe necesidad de desplazamiento a otra localidad:

  • Familiar de primer grado (cónyuge, pareja de hecho, padres, hijos, suegros): 3 días. Si hay desplazamiento: 5 días.
  • Familiar de segundo grado (abuelos, nietos, hermanos, cuñados): 2 días. Si hay desplazamiento: 4 días.

El concepto de "desplazamiento" no tiene una distancia legal fija. La jurisprudencia lo interpreta como la necesidad de trasladarse a una localidad distinta a la de residencia habitual. Muchos convenios lo concretan en 100 km o en distinta provincia o comunidad autónoma.

Permiso por hospitalización, accidente o enfermedad grave

Uno de los permisos que más ha cambiado en los últimos años. El Real Decreto-ley 5/2023 amplió su duración de 2 a 5 días. Si existe desplazamiento, se pueden disfrutar hasta 7 días.

Cubre los siguientes supuestos:

  • Hospitalización del familiar, con independencia de su duración.
  • Accidente grave que requiera atención médica.
  • Enfermedad grave con diagnóstico médico.
  • Intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario.

Los familiares cubiertos son el cónyuge o pareja de hecho, los parientes hasta segundo grado de consanguinidad y afinidad, y, según los convenios, también las personas convivientes.

El permiso comienza a contar desde el día del hecho causante. Si el ingreso o accidente se produce fuera del horario laboral, el permiso comienza el día siguiente laborable.

Permiso por fuerza mayor familiar

Esta figura es nueva en el ordenamiento laboral español, introducida por el RD-ley 5/2023. Permite ausentarse del trabajo hasta 4 días al año para atender urgencias familiares imprevistas e inaplazables.

A diferencia de otros permisos, este puede disfrutarse por horas, sin necesidad de consumir un día completo. Ejemplos de situaciones que lo justifican: enfermedad repentina de un hijo menor, accidente de un familiar que requiere acompañamiento inmediato, cierre imprevisto de la guardería o colegio, o avería grave en el domicilio que exige presencia.

El trabajador debe avisar a la empresa lo antes posible y justificar el motivo con posterioridad.

Permiso por traslado de domicilio

Un día de permiso retribuido por mudanza del domicilio habitual, independientemente de si el traslado es cercano o lejano, temporal o definitivo. Muchos convenios colectivos amplían este permiso a 2 o 3 días.

Permiso por deber público inexcusable

El trabajador tiene derecho a ausentarse durante el tiempo indispensable para cumplir un deber de carácter público o personal que no pueda posponerse ni realizarse fuera del horario laboral. Incluye, entre otros: ejercer el voto en elecciones, comparecer como testigo ante un juzgado, formar parte de un jurado, actuar como miembro de mesa electoral, renovar el DNI o el pasaporte, o asistir a citaciones policiales o administrativas.

Si el cumplimiento de este deber supera el 20% de las horas laborables en un periodo de tres meses, la empresa puede pasar al trabajador a situación de excedencia forzosa.

Permiso de lactancia

El trabajador tiene derecho a una hora diaria de ausencia del trabajo para el cuidado del lactante, hasta que el menor cumpla 9 meses. Esa hora puede dividirse en dos fracciones de 30 minutos o sustituirse por una reducción de jornada de media hora.

En muchos convenios, este permiso puede acumularse en jornadas completas. El cálculo habitual es: días laborables que quedan hasta los 9 meses × 1 hora, dividido entre la jornada diaria. Si quedan 120 días laborables y la jornada es de 8 horas, el resultado son 15 días laborables acumulados.

Es un derecho individual de cada progenitor: ambos pueden disfrutarlo de forma simultánea o independiente. Es intransferible.

Permiso por nacimiento y cuidado del menor

Cada progenitor tiene derecho a 19 semanas de permiso retribuido por nacimiento, adopción o acogimiento, desde el 1 de enero de 2026 según el Real Decreto-ley 9/2025. La distribución es la siguiente:

  • 6 semanas obligatorias inmediatamente después del parto, a jornada completa.
  • 11 semanas de disfrute flexible, que pueden tomarse de forma continua o interrumpida hasta que el menor cumpla 12 meses.
  • 2 semanas adicionales de disfrute flexible hasta que el menor cumpla 8 años.

En familias monoparentales, el permiso total puede alcanzar las 32 semanas.

Este permiso no lo paga la empresa, sino la Seguridad Social a través de la prestación por nacimiento y cuidado del menor. Durante el permiso, el contrato queda suspendido pero se mantiene la cotización.

Permiso para exámenes prenatales y preparación al parto

El trabajador tiene derecho a ausentarse el tiempo indispensable para asistir a exámenes prenatales o técnicas de preparación al parto, siempre que se realicen durante la jornada laboral y no puedan posponerse. Aplica también a los trámites de adopción o acogimiento.

Permiso para funciones sindicales o de representación del personal

Los representantes de los trabajadores disponen de un crédito horario mensual retribuido para el ejercicio de sus funciones. Su cuantía varía en función del número de trabajadores de la empresa, según lo establecido en el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores y en la Ley Orgánica de Libertad Sindical.

Grados de parentesco: cómo se calculan

Muchos permisos dependen del grado de parentesco con el familiar afectado. La referencia legal es siempre el segundo grado de consanguinidad o afinidad:

Grado Consanguinidad (sangre) Afinidad (políticos)
1.º Padres, hijos Suegros, yernos, nueras
2.º Abuelos, nietos, hermanos Cuñados, abuelos del cónyuge
3.º Bisabuelos, tíos, sobrinos Tíos y sobrinos del cónyuge

La regla práctica: cuenta los "saltos" entre tú y el familiar. De ti a tu padre, 1 salto (1.º grado). De ti a tu hermano, 2 saltos pasando por el padre (2.º grado).

Cómo solicitar un permiso: preaviso y justificación

Para que un permiso retribuido sea válido, el trabajador debe cumplir con dos obligaciones: preavisar a la empresa con la mayor antelación posible, y justificar el motivo con documentación acreditativa (certificado de matrimonio, informe médico, certificado de defunción, etc.).

En casos de urgencia (fallecimiento, hospitalización) el aviso puede hacerse de forma inmediata, incluso telefónicamente, y la documentación debe presentarse con posterioridad. Lo recomendable siempre es dejarlo por escrito y guardar copia de todo.

Si la empresa deniega un permiso al que el trabajador tiene derecho por ley o convenio, la negativa es ilegal. Las infracciones en esta materia pueden conllevar sanciones que van desde los 751 hasta los 7.500 euros.

¿Permisos retribuidos vs. días de vacaciones?

Una confusión frecuente: los permisos retribuidos no consumen vacaciones. Son derechos independientes. Si un trabajador necesita 5 días por la hospitalización de un familiar, esos días no se descuentan de sus vacaciones anuales.

Del mismo modo, si el hecho causante ocurre durante el periodo de vacaciones del trabajador, el permiso no se activa: el trabajador ya está ausente del trabajo y no hay jornada que compensar.

Consejo de AyG Asesores

Si en tu empresa se ha producido un nacimiento, adopción o acogimiento a partir del 1 de enero de 2026, asegúrate de tramitar el permiso con la nueva duración de 19 semanas. Muchas empresas siguen gestionando estos casos con la normativa anterior y eso puede generar conflictos con los trabajadores o incumplimientos ante la Inspección de Trabajo.

¿Necesitas ayuda gestionando los permisos de tu equipo?

Antes de aplicar o denegar un permiso, es fundamental revisar tanto el Estatuto de los Trabajadores como el convenio colectivo de aplicación, que puede ampliar significativamente los mínimos legales. Una gestión inadecuada puede derivar en reclamaciones de trabajadores, sanciones de la Inspección de Trabajo o conflictos internos innecesarios.

En AyG Asesores te ayudamos a revisar tu situación de forma personalizada y a diseñar una gestión de ausencias que garantice el cumplimiento normativo con total seguridad jurídica. Contamos con un equipo de asesoría laboral especializado en empresas de toda España.

Contacta con nuestro equipo y te guiaremos paso a paso.

Preguntas frecuentes sobre permisos de trabajo en España

¿Cuántos días de permiso hay por fallecimiento de un familiar?

Depende del grado de parentesco. Para familiares de primer grado (padres, hijos, cónyuge, suegros) son 3 días, ampliables a 5 si hay desplazamiento. Para familiares de segundo grado (hermanos, abuelos, cuñados) son 2 días, ampliables a 4 con desplazamiento. El convenio colectivo puede mejorar estos plazos.

¿Los 15 días por matrimonio son naturales o laborables?

Son días naturales, salvo que el convenio colectivo establezca expresamente que son laborables. Si la boda es en sábado, ese día cuenta como el primero del permiso.

¿Puedo pedir el permiso de lactancia si soy padre?

Sí. El permiso de lactancia es un derecho individual de cada progenitor, independientemente de su sexo. Ambos padres pueden disfrutarlo de forma simultánea o solo uno de ellos, pero es intransferible.

¿Qué es el permiso por fuerza mayor familiar?

Es un permiso introducido por el RD-ley 5/2023 que permite ausentarse hasta 4 días al año (computados en horas o en días completos) para atender urgencias familiares imprevistas e inaplazables, como una enfermedad repentina de un hijo o un accidente que requiera acompañamiento inmediato.

¿El convenio colectivo puede reducir los permisos del Estatuto?

No. Los permisos del Estatuto son mínimos legales que los convenios pueden mejorar, pero nunca reducir. Si el convenio reconoce menos días que el ET para un mismo supuesto, se aplica el ET.

¿Qué ocurre si la empresa me deniega un permiso al que tengo derecho?

La negativa es ilegal. El trabajador puede disfrutar el permiso igualmente, reclamar por escrito y denunciar ante la Inspección de Trabajo. Las infracciones en esta materia están tipificadas como graves y pueden suponer sanciones de hasta 7.500 euros.

¿Los permisos retribuidos descansan los fines de semana?

Depende de si los días son naturales o laborables. Los días naturales incluyen fines de semana y festivos. Los días laborables no. Cuando el convenio establece días laborables, el permiso es más favorable para el trabajador porque los fines de semana no lo consumen.

David Gil Fernández

Abogado fiscalista y CEO en AyG Asesores. Más de 20 años asesorando a empresas, directivos y no residentes en fiscalidad internacional y procedimientos tributarios.

Publicaciones Relacionadas

Destacados

Indemnizaciones exentas de IRPF en 2026: cuáles son y cómo gestionarlas en tu empresa

Cuando una empresa indemniza a un trabajador por despido, surge siempre la misma pregunta: ¿esa cantidad tributa en el IRPF?...

Amortización de inmueble en el IRPF: el límite que fija el TEAC y cómo calcularlo

Si alquilas un piso o un local, la amortización del inmueble es uno de los gastos deducibles más importantes a la...